Se estima parcialmente a demanda formulada por el demandante, asistida por el letrado Sr. Abad Iglesias, contra la empresa que no comparece y el FOGASA, y en consecuencia declaro la improcedencia de su despido y extinguida la relación laboral con efectos de la fecha de esta sentencia y condeno a la empresa demandada a que le abone la cantidad de 13.237,76 euros, en concepto de indemnización, si bien se debe descontar las cantidades que el actor ha percibido como trabajador de la otra empresa y como autónomo, calculada a razón de euros 47,66 euros/día; así como los salarios de tramitación desde la fecha del despido, 21 de marzo de 2024 hasta la fecha de esta sentencia, por importe de 6.529,42 euros, debiendo ser descontado lo percibido como prestación de desempleo.
Todo ello sin perjuicio de las responsabilidades legales del FOGASA